El gasto que creías deducible al 240% y CONCYTEC no reconoce
Una empresa puede tener su proyecto de I+D+i calificado por CONCYTEC y, aun así, ver cómo la deducción que esperaba se encoge. ¿La razón? No todo lo que tú (o tu contador) consideras "gasto del proyecto" cuenta para el beneficio de la Ley 30309. Y quien decide qué cuenta no es tu contabilidad: es CONCYTEC primero, y SUNAT después.
Ese es uno de los puntos donde más silenciosamente se pierde dinero.
Lo que la norma sí reconoce
El beneficio aplica a los gastos directamente asociados al desarrollo del proyecto, incluida la depreciación o amortización de los bienes que se usan en esas actividades. La palabra clave es directamente: CONCYTEC evalúa y determina qué desembolsos son realmente gasto de I+D+i y cuáles no, proyecto por proyecto. Cargar al proyecto costos que "parecen" relacionados pero no lo están no infla el beneficio: debilita el expediente.

Dos topes y dos miradas que pocos cruzan
- El tope de 500 UIT al año. La deducción adicional no puede exceder ese límite anual por contribuyente. Una inversión grande mal planificada puede dejar beneficio sobre la mesa solo por no haberlo proyectado.
- CONCYTEC aprueba; SUNAT revisa el gasto. Que CONCYTEC califique el proyecto no blinda automáticamente la deducción: si no llevaste cuentas de control por cada proyecto, debidamente sustentadas, SUNAT puede observar el gasto después. Son dos exigencias distintas, en dos momentos distintos.
Por qué esto se subestima
La mayoría de empresas piensa que, aprobado el proyecto, "el ahorro ya está". En la práctica, la diferencia entre la deducción que imaginaste y la que finalmente aplicas se juega en cómo clasificaste, sustentaste y registraste cada gasto, un terreno donde un error no se nota hasta la fiscalización, cuando ya es tarde para corregir.
Aquí entramos nosotros
En Holotech no dejamos que tu deducción dependa de cómo quedó clasificado un gasto. Estructuramos el proyecto y su sustento contable para que lo que CONCYTEC aprueba sea exactamente lo que SUNAT acepta, sin sorpresas en la fiscalización. El objetivo es simple: que el beneficio que te corresponde llegue completo a tu declaración.
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Fuentes: Reglamento de la Ley N° 30309 · CONCYTEC · SUNAT.